Accidentes Laborales
Son todas aquellas lesiones corporales que pueda sufrir un trabajador a consecuencia del trabajo que realiza, lo que engloba:
- Accidentes sufridos al ir o al volver al trabajo.
- Accidentes sufridos por el desempeño del trabajo habitual en el tiempo y en el lugar de trabajo.
- Accidentes sufridos por el desempeño de un trabajo no habitual de la persona, pero que sea ordenado por la empresa en interés del buen funcionamiento.
- Accidentes ocurridos a delegados sindicales o cargos sindicales, al desplazarse para ejercitar las funciones de dichos cargos.
- Enfermedades, que contraiga la persona a causa de la realización de su trabajo. En este caso se debe de probar que la enfermedad tiene como causa exclusiva la ejecución de su trabajo.
- Enfermedades padecidas anteriormente, que se agravan a causa una lesión a causa de un accidente laboral.
- Accidentes sufridos en actos de salvamento, cuando esto esté relacionado con el puesto de trabajo desempeñado.
- Los que se deban a una fuerza mayor extraña que no guarda ningún tipo de relación con el trabajo que se ejecutaba al sufrir el accidente.
- Los debidos a la imprudencia temeraria de la persona trabajadora.
Igualmente se consideran excepciones en cuánto a accidentes laborales:
- Los que se deban a una fuerza mayor extraña que no guarda ningún tipo de relación con el trabajo que se ejecutaba al sufrir el accidente.
- Los debidos a la imprudencia temeraria de la persona trabajadora
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